Información Importante Acerca del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
- Por favor, tenga en cuenta que en el caso del Formulario I-765 categoría (c)(8), basado en una solicitud de asilo pendiente, los tiempos de procesamiento proporcionados se aplican a solicitudes iniciales y renovaciones.
- Por favor, note que el periodo para adjudicar el Formulario I-765 categoría (c)(33) presentado con el Formulario I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, no empieza hasta que tomemos una decisión acerca de su petición de acción diferida.
- Tenga en cuenta que no comenzaremos a adjudicar el Formulario I-765 presentado con su Formulario I-914, Solicitud de Estatus de No Inmigrante T y/o Formulario I-914, Suplemento A: Solicitud de Familiar de Receptor de Visa T-1, hasta que tomemos una decisión final sobre su Formulario I-914 o Formulario I-914A. Esto incluye las categorías del documento de autorización de empleo (EAD) (a)(16) o (c)(25) presentadas con el Formulario I-914 o I-914A.
Consulte la página web de Tiempos de Procesamiento para obtener los tiempos de procesamiento del Formulario I-914.
- No comenzaremos a adjudicar el Formulario I-765 presentado con su Formulario I-918, Petición de Estatus de No Inmigrante U y/o Formulario I-918, Suplemento A, Petición para Familiar Cualificado de Receptor U-1, hasta que completemos uno de los siguientes pasos:
- Determinemos que su petición es auténtica y que usted amerita un ejercicio favorable de discreción bajo el proceso de determinación de autenticidad;
- Concedamos la acción diferida porque usted fue colocado en la lista de espera de no inmigrante U; o
- Su petición sea aprobada.
- Esto incluye las siguientes categorías:
(a)(19) o (c)(14) presentadas con un Formulario I-918; y
(a)(20) o (c)(14) presentadas con un Formulario I-918, Suplemento A.
- Consulte la página web Tiempos de Procesamiento para obtener los tiempos de procesamiento del Formulario I-918.
- Por favor, tenga en cuenta que la adjudicación de las categorías del Formulario I-765 (c14) y (c) (31) presentadas con el Formulario I-360 de petición de un cónyuge o hijo abusado de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, no comienza hasta que tomemos una decisión final sobre su petición. Consulte la página web Tiempos de Procesamiento para conocer los tiempos de procesamiento del Formulario I-360.